jueves, 3 de mayo de 2018

PRUEBA TESTIFICAL Y SUFICIENCIA PROBATORIA





PRUEBA TESTIFICAL Y SUFICIENCIA PROBATORIA


En el recurso de apelación Nº 24-2017/Cuzco, del 30 de abril dl 2018, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, teniendo como ponente a Cesar San Martín Castro señalo, respecto a la prueba testifical y suficiencia probatoria:

Cuando un testigo ofrece testimonios contradictorios en momentos procesales distintos, el Tribunal Superior puede basar su convicción en declaraciones anteriores a las proporcionadas en el juicio oral,  en tanto en cuanto se cumplan dos requisitos de carácter formal:

  1. Que estas se hayan prestado sin violación de garantía alguna, con observancia de las normas de procedimiento que las rigen; y,
  2. Que el testimonio se incorpore al plenario mediante el interrogatorio respectivo - solo se requiere una consideración genérica al testimonio anterior, no en sus detalles específicos- , de suerte que se incorpore al debate del plenario de modo que las partes hayan tenido la oportunidad de  interrogar sobre esos extremos.


Descargue aca la sentencia de apelación completa

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